IESS BUSCA RECAUDAR ALREDEDOR DE 8.8 MILLONES USD, 2,62% MÁS QUE 2021
- By MarceloToapanta
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Recaudación y Gestión de cartera estableció como meta de recaudación en 2022 más de $ 8,8 millones, lo que significa un incremento del 2,62 % en relación con lo recuperado en 2021.
Estefanía Córdova Cabezas-Borja, directora nacional de Recaudación y Gestión de cartera, cuenta que actualmente la cartera total por cobrar es de $ 1.900 millones a nivel nacional, de los que al menos $ 1.300 millones corresponden al sector privado, en especial por mora patronal.
La directora indica que, en el primer trimestre de 2022, ya se han recuperado unos $ 2.260 millones hasta el momento, en el primer trimestre del año, es decir el 25 % de la meta.
Este plan abarca tres proyectos estratégicos nuevos implementados a nivel nacional, que son: depurar la cartera, ejecutar los remates de bienes y mejorar el proceso de gestión persuasiva. Además, la Dirección indica que se aplicarán estrategias como gestión telefónica, mails masivos, programación de visitas en territorio como la que está liderando Córdova, nuevos acuerdos y convenios de pago, entre otros
Andrés Gómez Pérez, subdirector nacional de Recaudación, revela también que, de manera oportuna, hasta el 15 de cada mes se ha recaudado$ 2.065 millones y $ 195 millones de obligaciones en mora en el primer trimestre a año a nivel nacional.
Gómez menciona que es importante que un empleador conozca cuándo puede pasar a estar en mora para así poder evitarlo. “Un empleador se encuentra en mora desde el día 16. Siempre las obligaciones se cancelan el mes posterior hasta el día 15, a partir del día 16 se generan intereses y la obligación pasa al estado de mora”, explica.
Refiere que, una vez que esté en mora, existen dos instancias en las que el IESS tiene potestad. “La primera es una instancia administrativa donde el empleador y sus trabajadores no van a tener las prestaciones que otorga el IESS como salud, cesantías, fondos de reserva, pensiones y si es una persona natural, no tendrá opción a ejercer cargo público y si es una sociedad, no tendrá opción de ser proveedor del Estado”, manifiesta.
La segunda instancia ya es judicial, manifiesta que “si ya pasa un determinado tiempo, la obligación entra en un proceso de coactiva, en el que pueden iniciar procedimientos como medidas cautelares, embargo de bienes, secuestro de bienes, retención de fondos, de créditos, que pueden terminar en un proceso de remate de estos bienes. Córdova refiere que, en el caso de la afiliación voluntaria, la figura es distinta.
Una es el acuerdo de pago parcial en el que el empleador puede acogerse una modalidad de pago a un plazo máximo de 36 meses sin presentar ninguna garantía.
De 1 a 12 meses el trámite es totalmente en línea y no hace falta ninguna autorización y de 13 a 36 meses, el empleador ingresa a la solicitud en línea y si requiere la aprobación del director provincial.
La segunda opción es el convenio de purga de mora, en el cual el empleador puede acogerse a una modalidad de pago de 120 meses máximo (10 años) con la presentación de una garantía que puede ser hipotecaria, bancaria o una póliza de seguro. Si el plazo es hasta 7 años, el empleador debe entregar una garantía de al menos el 125 % de la deuda y si el plazo es de entre 7 y 10 años, una garantía del 140 %.
Fuente: El Universo.